Primero una definicion:
Transcripción literal. En este tipo de transcripción, todos los sonidos que se escuchan se escriben en el documento, incluyendo palabras inacabadas, repetidas, errores de pronunciación, como "cocreta", sonidos tales como eh..., mmmm.... En resumen, todo aquello que se dice en el audio. Este tipo de transcripción se suele solicitar para juicios o pruebas periciales.
Entonces la transcripcion en materia notarial se entiende como hacer constar por escrito todo lo que es posible observar en un documento.
Y especificamente se usa la transcripcion en materia notarial a la hora de emitir el testimonio de una escritura (que puede ser a traves de fotocopia de la hoja de protocolo o a traves de la TRANSCRIPCION) y que sera imprimiendo todo el texto de la escritura pero en hojas en blanco (es decir sin las tablas ni nada de la hoja del protocolo) y haciendo constar al final como se leen las firmas.
Ah y los testimonios por sistema de transcripcion no los acepta el registro de armas.
Pero Julio Cesar no lo vio.