Buenas tardes, quiero orientación en relación a lo siguiente: En un proceso laboral a la parte demandada (Patrono) lo declararon rebelde por no haber contestado la demanda, posteriormente en la etapa de pruebas lo citan para que se presente a rendir declaración de parte contraria, por lo que mi consulta es que si puede nombrar Apoderado y asistir únicamente el Apoderado a rendir declaración de parte contraria.
Les agradeceré sus comentarios.