Este tema ha sido muy constante,y del cual se han aportado muy buenas experiencias de todos los foristas.
Veamos la Tia tiene un gran interes por los niños,ella ya tiene un vinculo pues es la tia y por ley posee una prerrogativa como tal,ya que podria acceder a una tutela legitima.
Art. 287.Cf- A falta de tutela testamentaria tiene lugar la legítima.
Son llamados a la tutela legítima de los menores de edad, en el orden en que se enuncian:
1o) Los abuelos;
2o) Los hermanos;
3o) Los tíos;
Pero veamos cuando sucede la tutela
Art. 272.Cf- La tutela o guarda es un cargo impuesto a ciertas personas a favor de los menores
de edad o incapaces no sometidos a autoridad parental, para la protección y cuidado de su persona
y bienes y para representarlos legalmente.
Se desprende la lectura del articulo que se impone a ciertas personas a favor de menores NO SOMETIDOS A AUTORIDAD PARENTAL.
En el caso que nos asiste leemos que tiene paoa y mama, que el papa esta preso eso no le provoca que pierda la autoridad parental y es la mama que ademas a que la cuida a los niños como manda la ley.
Art. 206.- La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan,eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes.
Art. 207.- El ejercicio de la autoridad parental corresponde al padre y a la madre conjuntamente,
o a uno solo de ellos cuando falte el otro.
Art. 211.- El padre y la madre deberán criar a sus hijos con esmero; proporcionarles un hogar
estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad,
hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta las capacidades,aptitudes e inclinaciones del hijo.
Es al padre y ala madre que IMPONE la LEY cuide y eduque,y cuando falte uno estara el otro en este caso la mama.La autoridad parental es indelegable.Art. 5.Cf- Los derechos establecidos por este Código son irrenunciables, salvo las excepciones legales,y los deberes que impone, indelegables; cualquier declaración en contrario se tendrá por no escrita.
Por lo que el padre no puede ceder a nadie la tutela pues le asiste un derecho y una obligacion que es la autoridad parental.Aunado a este estando la madre ejerciendo su autoridad y cuidando de los niños es improcedente solicitar una tutela a favor de la tia pues no procede ya que los dos padres viven y uno esta ejerciendo la autoridad parental.No esixte razon para complicarse con la pretension de tener "autoridad" con una tutela,pues supongo que la tia interesada es hermana del papa,si quiere ayudarle a los niños que lo haga como tia y les brinde todos los cuidados que requieran,incluisive puede solicitar un regimen de visita.
Espero te haya servido mi respuesta,como me sirvio tu pregunta.