Buenas Tardes Colega gedeon.
Para probar el matrimonio, necesitás la Partida Matrimonial reciente, extendida por la Alcaldía respectiva, supongo que a eso se refiere cuando dice Acta de Matrimonio; porque si se refiere al Acta de Matrimonio (art. 21 C.Fam.) pues esa no le servirá de nada.
En cuanto a la partida de nacimiento, esa se presenta para efectos de la marginación del Divorcio, no importa que no tenga la marginación del matrimonio, pues como ya le mencioné, el estado civil lo comprobará con la partida matrimonial.
En cuanto a la copia de testimonio de escritura pública de matrimonio, eso esta demás presentarlo. Lo que tiene que presentar. En lo que debe de poner cuidado es en la elaboración del Convenio de Divorcio, mas nada.
ojalá le ayude. Saludos y suerte.