Si existe motivo que justifique su inasistencia y la declaraciòn que èl, o ella aportarìa serìa la que probaria los extremos de las pretensiones, lo màs conveniente serìa pedir la suspensiòn de la audiencia y presentar la prueba (generalmente documental) que justifique la inasistencia.
Aunque puede explicarse tambien en audiencia que la testigo hablo por telèfono y tuvo algùn incidente y por eso no se presento.
Lo que debe tenerse claro es si la declaraciòn del o la testigo es determinante para establecer los extremos de las pretensiones o si es nuestro ùnico testigo; porque en materia de familia perfectamente pueden establecerse los extremos con un solo testigo.
Pero contestando la pregunta... Si el testigo no llega y no justifica la inasistencia y no tenemos màs prueba, lo màs probable es que declaren NO ha lugar.