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Irish escribió: Hola, colegas. Tengo algunas dudas con respecto a las actas notariales que se incorporan al legajo de anexos en las diligencias de rectificación de partida de nacimiento. Mis dudas son las siguientes:
1. ¿Debe incluirse portada?, 2. ¿las actas deben ir foliadas?, 3. ¿Se deben enlazar las actas?, 4. ¿Debe sellarse la prueba documental (partida de nacimiento)?, y 5. ¿se debe expresar en cada acta y prueba documental el número de instrumento a que se refiere o basta con ponerlo una sola vez, por ejemplo, en el acta de resolución final?
De antemano, gracias.
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