Se me ocurren dos caminos, dependerà mucho del tribunal, y principalmente porque la anotaciòn se dio por resoluciòn judicial (sentencia):
1.- Presentar un escrito por medio de abogado, dirigido al tribunal con la prueba pertinente (movimiento migratorio, copias de boletos, u otros), y solicitar que se levante la restricciòn que obra sobre el inmueble.
2.- Hacer un proceso de modificaciòn de sentencia, en el sentido que se deje sin efecto la anotaciòn de "uso de vivienda familiar" a favor de xxxxxx; por ya no necesitar el inmueble y residir los mismos en el extranjero. Esta demanda se deberà iniciar en contra de todos: la madre y los hijos; y por desconocer el domicilio solicitar que se emplace de acuerdo a lo establecido en el art. 34 inciso cuarto de la Ley Procesal de Familia.
Suerte...
Nota Mental**** para aquellos que no creyeron que se anota preventivamente en el CNR, cuando se ha decretado el bien inmueble como "uso de vivienda familiar"

jaaa¡¡¡¡