La razón de suspensión, a mi humilde criterio, por exceso o ausencia en el contenido del instrumento que se tiene que suspender debería ser: " En estado procedo a suspender el instrumento que precede por existir error en la redacción del mismo y para constancia firma El Suscrito Notario", porque sería de impresión, si se hubiera terminado la tinta o se hubiera salido de los renglones. Es de redacción a mi juicio, porque el error es el fondo y no en la forma.