Bueno, sigamos actualizando esta informacion.
En la ONI me asesoran que la tranferencia debe hacerse por parte del accionista extranjero (la sociedad sera salvadoreña, debe ir dirigida al apoderado que firmara la escritura de constitucion, a otro accionistas de la sociedad o incluso a la oficina juridica que le hara el tramite. Pensaba que eso tenia que relacionarse en la escritura de cosntitucion, pero no es asi, en la escritura el notario relacionara el cheque certificado o de caja.
La inscripcion de la inversion ante la ONI sera relacionada con la Certificacion que extendera el banco que recibe el capital extranjero, y los requisitos que ellos piden. ALgo de suma importancia, es que la transaccion debe realizarse antes de la fecha de constitucion de la sociedad. Espero no confundirlos mas, saludos.