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Gracias por responder, pero mi horario es de Lunes a Viernes por lo que el sábado completo lo uso para estudios. Además en algunas ocasiones que he trabajado Domingos no los pagan.dora emely ventura medina escribió: Depende de que tipo de empresa sea si es el Gobierno obviamente tiene derecho porque el Gobierno otorga dos horas diarias para el estudio, pero si es empresa privada, no se puede hacer nada porque muchas veces lo que alegan los patronos es que si es mas importante el estudio que renuncie porque la empresa no da permiso para estudiar, a menos que el Patrono, sea una persona consciente y se le haga conciencia de que es por su superacion.
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abogado escribió: Lo legal es que el cambio de horario sea concertado con el empleado, así lo regula la Ley.
Limite de ius variandi.
Fijación del horario de trabajo
Art. 165. CT- El patrono fijará originariamente el horario de trabajo; pero las modificaciones posteriores tendrá que hacerlas de acuerdo con los trabajadores. Los casos de desacuerdo serán resueltos por el Director General de Trabajo, atendiendo a lo preceptuado por este Código,convenciones y contratos colectivos, reglamentos internos de trabajo, a la índole de las labores de la empresa y,a falta de esos elementos de juicio, a razones de equidad y buen sentido.
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