mmm no veo conveniente el repudio, es necesario saber si la herencia es testada o ab intestada, pues si es de esta ultima clase, todos los sucesores del causante tienen derecho por igual a los bienes, en este caso a esos dos inmuebles, lo que podria hacerse es que todos promuevan las diligencias de aceptacion de herencia, por seguridad y derecho, pues nunca se puede confiar en la gente, y ya una vez sean declarados herederos, hagan los traspasos por herencia, que los que no esten interesados en el segundo inmueble, despues le hagan la venta del derecho proindiviso de ese inmueble a los otros dos herederos declarados, aunque estos en realidad no reciban nada por esas ventas. No le veo otra salida mas práctica, porque una cesion de derechos hereditarios o el repudio pondria en riesgo a los otros dos herederos con relacion al otro inmueble.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.