Pues puede ponerlo, sin embargo si se pone a pensar en lo que puede resolver la sala en caso de que le de la razon es: 1- Mandar a la autoridad que corresponda a que forme la comision en tal plazo (porque estos magistrados de la S CN tienen la magnifica costumbre de poner plazos, lo que impide que los funcionarios se hagan los mariados, sino vea los diputados que lloriquean y lloriquean por eso), 2-Que como no existe la comision se impida que se tomen decisiones en base a evalauciones de personal, en tanto no es posible defenderse de las mismas.
Lo importante es que estime conveniente si le servira la resolucion cuando salga, ya que los procesos de amparo se tardan bastante, y mas el de su caso que en apariencia no es tan relevante en comparacion a otros casos que hay en la sala (por ej. el de pensiones, etc)
Pero Julio Cesar no lo vio.