Colega no obstante, q me reservo el derecho de intervenir en ciertos temas, sin entrar hacer valoraciones del contenido en si del tema, tratare de contestar su pregunta,por lo menos es la única base q conozco saludos..
LEY DE SIMBOLOS PATRIOS Art. 13.-La bandera nacional en dimensiones reducidas, con escudo o con la leyenda DIOS UNION LIBERTAD, o simplemente los colores, podrá usarse en los bienes del Estado, que por su índole lo ameriten.
Lo mismo se aplicará a los particulares, con motivo de celebraciones cívicas.