Estimado Edwin Amaya para abonarle a lo que ya le explico el colega eduardo herdez, dejeme comentarle que generalmente se estipula en los contratos de arrendamiento que la renta mensual del inmueble objeto del contrato sera por "x" cantidad más el impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (iva), obviamente tomando en cuenta tambien los incrementos que dicha renta sufrira durante el plazo del contrato.
Asimismo comentarle que durante la relación contractual de arrendamiento corren a cargo del arrendatario el pago de los servicios de electricidad, agua y telefono asi como de cualesquiera otros servicios que se llegaren a instalar en el inmueble.
Espero que sean de utilidad mis aportaciones,
saludos.
Giovanni Fonseca