A TI, debe incluir dos clausulas especiales, la primera referida a que tu promuevas las diligencias de divorcio por la causal primera del art. 106 c.fam ante el juzgado de familia competente, y la otra para poder suscribir el convenio de divorcio; ahora con esto del convenio hay juzgados de familia que son del criterio que un apoderado no puede suscribir el convenio de divorcio, entonces verifica que juzgado de familia es del criterio de que si puede, para luego en el convenio de divorcio tu pones como domicilio especial el de ese juzgado de familia para que llegues a lo seguro. suerte.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.