Es correcto lo le dicen.... ante se podia hacer por la Jurisdiccion Voluntaria, ahora ya no.... se hace por lka via Judicial, por la REFORMA DE LA LEY TRANSITORIA DEL ESTGADO FAMILIAR Y DE LOS REGÍMENES PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO.///Art. Art. 3.- Refórmase el inciso primero del Artículo 27, de la siguiente manera:“Concentración de las inscripciones Art. 27.- La nscripción del nacimiento de una persona es única y definitiva, salvo los casos que señala la Ley. En la correspondiente partida se anotará posteriormente todos los hechos y actos relativos al estado familiar, capacidad, muerte natural, sea esta real o presunta, y el nombre del inscrito.”.El Registro Nacional de las Personas Naturales, con la finalidad de completar la información administrada en sus sistemas, podrá solicitar cualquier otra información a los registros del Estado Familiar locales, la cual deberá ser respondida oportunamente en un plazo que no exceda de quince días hábiles,contados a partir de la fecha de la solicitud.”.....................Art. 16.- Adiciónase el artículo 71-A, de la siguiente manera: “Art. 71-A.- El Registro Nacional de las Personas Naturales está obligado a capacitar a los Registradores del Estado Familiar en el manejo de los libros, formas y procedimientos de registro de los hechos y actos jurídicos regulados en la presente ley.”Art. 17.- Las modificaciones a los artículos 48 y 49 contenidas en este Decreto, se aplicarán a partir del 1 de enero del 2011. Art. 18.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario
Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los ocho días del mes de
enero del dos mil diez
SI DECEAS UN MODELO BUSCA EN MI PERFIL ARCHIVOS SUBIDOS ....AHI TENGO UN MODELO DE LO QUE BUSCAS.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.