se debe proporcionar esa direccion para subsanar y pedir que se emplaze en eeuu, via suplicatorio art 34 pr familia inc 3, pero en civil existe una figura que se llama demandado esquivo,,,,187 pr civil. atras de este articulo estan los del emplazamiento civil, o sea el derecho comun que se relaciona en todo...
puedes proporcionar esa direccion de estados unidos pero advirte al juez o jueza de la situacion a mi me paso en santa ana un caso asi y demande donde los hijos habian dicho y es el caso que no vivia ahi....me toco que hacer nuevas publicaciones de edicto,,,,debes menifestarle al juez que es probable que la señora no viva ahi en esa direccion por lo manifestado por los hijos de su intencion de no querer que se divorcien .........ademas hay que ver si la señora esta legal o no ,para ello pide al señor juez de una vez que libre oficio a migracion a fin de determinar las salidas y entradas de la señora si esta haya o aqui
si esta ilegal es dificil emplazarla pues cambian de direccion de un dia para otro...............manifiestale eso al juez...........-.hay que ver que resuelve..........ni modo el proceso se te hizo largo ese emplazamiento tarda meses......pero asi aprende uno vale mucho la experiencia.