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considera usted que un proceso monitorio me fructificara mas que diligencias de conciliacion...?????????Herson Henriquez escribió: Estimado amigo en el caso en concreto que planteas anteriormente, creo que de conformidad a lo establecido en dicha consulta, y lo regulado en el CPCM, y con base a la cuantia que realcionas en el caso descrito la cual dices que es de cinco mil colones en la relacion inicial de tu caso, te recomendaria iniciaras un Proceso monitorio, ya que este proceso permite la incorporacion de documnetos en los que se pueda plasmar un principio de prueba, y siendo que el competente para conocer es el juez de primera instancia de menor cuantia del domicilio del demandado y que la cuantia maxima debera ser hasta veinticinco mil colones y en vista que la cuantia que presto tu cliente es de cinco mil colones y que se tiene un principio de prueba el cual se establece por medio del recibo firmado por don chente, creo que es pertinente dicho proceso. los requisitos y la forma de proceder en dicho proceso lo encontraras en os articulos 489 al 496 CPCM.
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