Según Diccionario de Manuel Osorio, las hipotecas se dividen en dos clases: la hipoteca convencional y la hipoteca legal. La hipoteca convencional es producto de una convención, de un contrato; en cambio la hipoteca legal está determinada por la ley para la protección de ciertas personas para proteger sus bienes como el caso de los menores, incapacitados y algunas legislaciones a favor de las mujeres en contra de los actos del marido en contra del patrimonio familiar. Este tipo de hipoteca no es reconocido en muchos países, como el nuestro.