mi grano de arena:
Acción: Actividad encaminada a conseguir un fin.
Omisión: Actividad encaminada a ignorar la norma.
Tipicidad: se refiere a la naturaleza del delíto
Antijurídica: Que va en contra de la normativa.
Culpabilidad: Responsabilidad en la acción/omisión efectuada de un ilicito.
Espero te sean de utilidad, pero si los colegas tienen mejores definiciones espero me corrijan.
En lo personal te recomendaría leyeses un diccionario juridico, el de Osorio es muy bueno.
suerte