ANTEJUICIO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA!!

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14 años 8 meses antes #11614 por RCh
"Artículo 239. Los Jueces de Primera Instancia, los Gobernadores Departamentales, los Jueces de Paz y los demás funcionarios que determine la ley, serán juzgados por los delitos oficiales que cometan, por los tribunales comunes, previa declaratoria de que hay lugar a formación de causa, hecha por la Corte Suprema de Justicia. Los antedichos funcionarios estarán sujetos a los procedimientos ordinarios por los delitos y faltas comunes que cometan.
Por los delitos oficiales o comunes que cometan los miembros de los Concejos Municipales, responderán ante los Jueces de Primera Instancia correspondientes."


QUISIERA SABER EN QUE LEY O REGLAMENTO ENCUESTRO EL PROCEDIMIENTO QUE REALIZA LA CORTE PARA DAR LA DECLARATORIA A FORMACION DE CAUSA AL QUE SE REFIERE EL ANTERIOR ART. DE LA CN! SE LOS AGRADECERIA MUCHISIMO SU AYUDA!

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14 años 8 meses antes #11615 por eslexv15
Art 424 del Codigo Procesal Penal actual

aca un poco de informacion sobre el proceso de antejuicio ante la CSJ, conforme al codigo procesal penal derogado, pero muy similar al actual (pag 23):
wwwisis.ufg.edu.sv/wwwisis/documentos/TE...p-CAPITULO%20III.pdf

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14 años 8 meses antes #11616 por RCh
excelente!! muchas gracias! me sera de mucha ayuda

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