Pues primeramente si estas en la primera etapa del proceso, se puede solicitar desde tu primera intervencion hasta antes de cerrar los alegatos, ahora el delito de amenazas simples no tiene pena prevista superior a los tres años de prision, asi que tal solicitud es procedente, otra cosa que puedes hacer es solicitar audiencia con el fiscal del caso para plantearselo, a veces ellos lo piden de entrada en la audiencia, tu solo ratificas, pero igual no es necesario que el fiscal este de acuerdo en eso para que puedas pedirlo. La suspension condicional se puede pedir en la audiencia inicial y en la audiencia preliminar nada mas, en la vista publica imposible, ahi se puede intentar conciliar, asi que pidelo, y eso el imputado que no se heche para atras y que cumpla con las condiciones de la suspension, sino le toca que irse a estar un par de dias guardado, por incumplir las medidas.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.