Veo que hay dos preguntas colegas.
1) Se sancionara el hecho delictivo que ocurrió en un momento de tiempo determinado. En este caso si la persona mayor de edad tubo relaciones sexuales con una menor de dieciocho pero mayor de quince. Recuerde que se sanciona el hecho que ocurrió en un tiempo determinado, no importa que la victima ahora tenga dieciocho o mas edad, si no que cuando se dio el acceso carnal era menor de dieciocho. La acción penal aun esta vigente para ser ejercida por la victima a través de la fiscalia.
2) El estupro se basa en que una persona mayor de edad tiene relaciones con una menor de edad y mayor de quince. Recuerde que el bien jurídico protegido acá es la libertad sexual de alguien menor de dieciocho pero mayor de quince. Pero en el caso que hubo consentimiento y si tal vez la menor estaba por cumplir la mayoría de edad se podría plantear esto al juez. También si se prueba que hubo consentimiento no se cumple el tipo penal establecido por el articulo. Busque en
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