las rectificaciones casi siempres son el resultado de un proceso de jurisdiccion de voluntaria en la que alguien busca modificar o enmendar algun tipo de error y estas marginacion tiene su base en una resolucion que da el sindico en virtud de algun tipo de solicitud...
se me ocurren dos cosas guardas una copia del expediente que dio pie a la rectificacion incluyendo la solicitud y la contestacion del sindico, la prueba, testigos etc, y te la entregas en la otra alcaldia siempre hay un departamento juridico que hace este tipo de gestiones o
te esperas a que salga la modificacion hecha en la partida donde solicitastes y luego con esta modificacion te vas para la otra alcaldia a seguir un segundo tramite de rectificaion por jurisdiccion voluntaria tomando como medio probatorio la partida modificada en la primera solicitad, en la alcaldia de origen
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