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ABOGADONOTARIOES escribió:
Charles escribió: Muchísimas gracias a todos por sus aportación en esté asunto y aun me queda una inquietud que pasaria si la CSJ no tiene esa escritura matriz hay que tomar en cuenta que esa escritura matriz creó que quizá tiiene más de 80 años
Que no le van a dar testimonio y nunca podra subsanar la observacion y debera adquirir la propiedad por otro medio legal.
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ABOGADONOTARIOES escribió:
Charles escribió: Muchísimas gracias a todos por sus aportación en esté asunto y aun me queda una inquietud que pasaria si la CSJ no tiene esa escritura matriz hay que tomar en cuenta que esa escritura matriz creó que quizá tiiene más de 80 años
Que no le van a dar testimonio y nunca podra subsanar la observacion y debera adquirir la propiedad por otro medio legal.
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teresa fernandez escribió: Buenos días, ese documento de traspaso por aceptación de herencia es el antecedente que usted debe presentar al CNR, para que se lo repongan podría ser vía Administrativa, el CNR, confrontara y decidirá si lo reponen de esa manera.
de lo contrario ellos mismos le recomendaran un tramite de Diligencias de reposición vía judicial.
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