ES mejor que primero lo mande a medir por un ingeniero y asi describe el inmueble conforme a esa medicion, los pasos a seguir son:
Primero ir a Catastro a solicitar la certificacion catastral o ficha catastral,
es conveniente espererar el resultado de la ficha para ver su resolucion, si es con o sin antecedente registral. si la resolucion de la ficha es favorable hay que presentar la solicitud al tribunal competente, luego el tribunal admite la solicitud, y ordena que sde publique el edicto de ley en el diario oficial, y despues de quince dias de la publicacion se presenta la publicacion al tribunal, y luego se ordena la audiencia probatoria, se presenta la prueba testimonial, y se solicita que se tenga por admitada la instrumental, y solicita el reconocimiento judicial y pericial del inmueble, luego el tribunal aprueba la solicitud, y le entrega el titulo para su inscripcion en el CNR. tambien recordarle compañero que se puede tramitar via Notarial el titulo, los pasos son los mismos, solamente modifican las publicaciones