Hace unos pocos dias, un colega me consulto si estaba correcta o no la decision de un Juez de Familia que le previno que legitimara la personeria con la que actuaba en el proceso, ya que la firma que constaba en el poder especial que le habia otorgado su cliente ESTABA LEGALIZADA POR ÉL MISMO. Yo recuerdo que le dije que habia jurisprudencia que establecia q
ue cuando el mismo notario legaliza la firma en un poder otorgado a favor de él mismo no vulnera la prohibicion contenida en el Art. 9 de la Ley de Notariado.
Aca les traigo esa sentencia de Cámara, la cual pueden invocar, si en alguna ocasion ustedes legalizan la firma del poder que es otorgado a su favor.
Archivo Adjunto:
Nombre del Archivo:
7018.PDF
Tamaño del Archivo:71.6 KB