Tu respuesta la encuentras desde la constitución hasta la norma secundaria en este caso la Ley Orgánica de la PGR.
Saludos
Unidad de Defensoría Pública
Art. 33.- La Unidad deDefensoría Pública, tiene porfunción ejercerla defensa técnica de la libertad
individual a personas adultas y menores, a quienes se les atribuye el cometimiento de una infracción penal.
Funciones de la Unidad de Defensoría Pública
Art. 34.- Corresponde a la Unidad de Defensoría Pública, las siguientes funciones específicas:
1. Ejercer la defensa técnica de la libertad individual de personas adultas y menores, a
quienes se les atribuye el cometimiento de una infracción penal.
2. Proveer la defensa técnica desde el inicio de las diligencias extrajudiciales o del proceso
a las personas detenidas y a las que teniendo calidad de imputado ausente la soliciten,
por sí, por medio de sus familiares o cualquier otra persona; asimismo, cuando así lo
requiera el juez competente, interponiendo los recursos y providencias de derecho que
procedieren.
3. Proporcionar, por medio del defensor público, asistencia legal en cuanto a la vigilancia
penitenciaria y a la ejecución de la pena, en la fase posterior a la sentencia definitiva
impuesta de conformidad al Código Penal.
4. Vigilar y controlar, por medio del defensor público, la aplicación de la medida definitiva
impuesta de conformidad a la Ley Penal Juvenil.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.