Todo depende en la fase que te encuentras dentro del proceso penal, si es en la fase de instrucción, la única forma de adversar un dictamen es con otro dictamen con personas igual o mejor capacitados que el perito que realizó el primer examen y por supuesto su conclusión.
También la idea de que el perito o el experto declare en juicio, es para someter a discusión su trabajo, donde tendrá que defenderlo, y por supuesto que es válido poder desacreditarlo, siempre y cuando se tengan las bases para realizarlo no al capricho o al antojo.
Por eso el perito debe ser un experto profesional en arte, o técnica, y cuando realiza un análisis técnico, debe de hacerlo siguiendo un protocolo, técnica o arte ya reconocido y cuyos dictámenes tienen que ser objetivos, de no hacerlo de ese modo, fácilmente puede ser desacreditado, en la etapa del juicio.
Pero lo ideal, es como dice el colega anterior, si se detecta la falda de objetividad en la etapa de investigación o instrucción, deberían cuestionarse en ese momento,
lo anterior, es porque dentro de un proceso debe alcanzarse la verdad real, y garantizarse los derechos tanto del imputado como los ofendidos o víctimas y que todo sea realizado en estricto apego a la constitución y a las leyes vigentes
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.