En los bienes muebles no es necesario acreditar la propiedad de los mismos, basta simplemente que existan elementos que puedan demostrar quien los tenia en su poder. si cada vez que roban a alguien un aparato celular y para iniciar un proceso, seguirlo o fenecerlo se necesitaran facturas para acreditar la propiedad de los mismos, no habrían condenados pagando pena de prisión por delitos de Robo.
Se puede argumentar... pero sera en vano. hay jurisprudencia al respecto.. Doctrina también.
El Defensor particular, debe hacer la diferencia con el Publico, por dinero o por prestigio; pero sobre todo porque es nuestro deber. si hay algo que hacer, hay que hacerlo y no solo esperar los actos.
Haz el bien y no mires a quien ; )