He tenido la oportunidad de conocer casos como estos.
Le comento como resolvimos nosotros en nuestra oportunidad para que lo tome en cuenta.
Ya que el señor (solicitante) se encontraba en el pais, redactamos DECLARACION JURADA relacionando la historia del señor. Posteriormente y ya que el documento tenia que hacerse en ingles, realizamos traduccion del documento al ingles (y no las diligencias de traduccion del articulo 24 LENJVOD pues estas se realizan para documentos que surtan efectos en El Salvador). esta traduccion simple, que no lleva sello de notario, la realiza un perito traductor. la Embajada de los Estados Unidos tiene un listado de los traductores autorizados para realizar este trabajo. En este enlace los puedes encontrar:
sv.usembassy.gov/es/u-s-citizen-services...s-es/translators-es/
Posteriomente de traducida por perito, la enviamos a los Estados Unidos para el tramite migratorio y finalmente el señor obtuvo su residencia.
Personalmente yo hablaria primero con el abogado que esta solicitando el tramite alla para estar seguros si el tramite puede hacerse de esta manera.