no es un instrumento publico y que el art.2 de la ley del notariado nos establece claramente quienes integran el regimen del instrumento publico la escritura matriz las actas y testimonios.
Los instrumento publicos son documentos de caracter probatorio otorgado ante notario y/o funcionarios publicos, ejerciendo la funcion notarial.
Por lo que los protocolos no son instrumentos publicos, sino que una herramienta para ordenar y dar perpetuidad a los actos y contratos que dentro de el contiene.....
la Ley de notariado en su capitulo II te dice que el protocolo estará constituido por Libros numerados correlativamente respecto de cada notario, que serán formados, legalizados y llevados sucesivamente y obliga al notario a asentar en su protocolo los actos, contratos y declaraciones que ante sus oficios se
otorguen, salvo los exceptuados por la ley (artículo 16)