La conciliación puede hacerla en el momento que desee cuando sea extrajudicial, pero si quiere contestar la demanda puede hacerlo de manera afirmativa y haciendo la propuesta, quedando a la espera de la contestación del traslado que responda el demandante. Sino, como dije antes puede ser de manera extrajudicial, y de esa manera puede ya el demandante solicitar la extinción de la judicial por acuerdo extrajudicial. Sino, también se puede solicitar audiencia única, con el fin de conciliar y homologar ese acuerdo, pero esa manera tendría que ser mas interés de parte del demandante, ya que con esa acta puede solicitar ejecución del acuerdo, pero como demandado le recomiendo que mejor lo haga de manera extrajudicial o en la contestación de la demanda proponer el arreglo.-