Buen día
tengo un cliente que le han embargado el salario total, por deuda de cuota alimenticia, que se estableció en la sentencia de divorcio, solamente ha recibido el oficio.
¿que procede?
en caso de solicitar la nulidad de embargo, por contrariar el Art. 623 CPCM
intente consultar el expediente, pero me lo negaron en el juzgado, alegando que tenia que ir el demandado
ante quien solicito la nulidad? ante el mismo juzgado?
agradecería mucho su aporte.
Mat. 7:12 "Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque esto es la ley y los profetas". F: JESUS