Buenos días colega con respecto a la contestación puedo hacerle las siguientes observaciones:
efectivamente contesto en sentido negativa, pero no invoco las excepciones que plantea con su relato
el art 394 es tajante al expresar que Las demás excepciones de cualquier clase podrán oponerse en el momento en que, de acuerdo con este Código, resultare oportuno, en cualquier estado del juicio y en cualquiera de las instancias; y su oposición deberá hacerse en firma expresa. “; el punto controvertido, es el relativo a que la oposición de las excepciones deben hacerse en forma expresa.es decir debe de ser en forma expresa, al interponer la excepción el demandado debe alegar con exactitud los hechos, que le permitan al Juzgador establecer los parámetros de prueba, a efecto de fundar la existencia o no, de la causa justificativa invocada, no basta alegar la excepción, sino puntualizar el qué, cómo, cuándo y dónde ocurrieron los hechos, para efectos de sustentar su contestación o interposición
en ese contexto debería de haber alegado y opuesto las excepciones contenidas en el Articulo 50 del
Código de Trabajo, específicamente en los ordinales xxxx y xxxx en relación al Art. 31 ordinal xxx del mismo Código de Trabajo.
Respecto al momento oportuno de alegar excepciones sobre la base de atribución o imputación de hechos constitutivos de faltas que puedan(sic) que(sic) pueden al final -en caso de probarse- eximir a la parte demandada de su responsabilidad frente al trabajador; la Sala de lo Civil en reiterada jurisprudencia (sentencia casación ref. 225-C-2007-XIV, del doce de mayo de dos mil nueve) ha señalado que es violatorio de lo dispuesto en el Art. 394 C.T., ya que la "aludida disposición se refiere, al "momento procesal oportuno", no al momento que convenga a las partes". La "oportunidad" a la que dicha norma se refiere, debe entenderse antes de la apertura
a pruebas, a fin de darle la oportunidad a la contraparte, de controvertir los hechos que se le atribuyen y preparar su defensa conforme a ellos.
Cualquier duda alli esta mi numero de wsp
Bendecido día
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
correo jgro31@gmail.com
Abogado Laboralista