Buenas noches. Partiendo de la premisa que los derechos de los trabajadores son irrenunciables. En el caso de indemnización por renuncia ya sea porque el trabajador, ya tiene el tiempo de pensionarse, o porque ya no quiere continuar trabajando, el negociar la indemnización, es decir para el caso que se le ofrezca un 50%, y así lo acepta el trabajador extendiendo el más amplio finiquito exonerando a la empresa de toda responsabilidad. Si más adelante quisiera reclamar el complemento de la indemnización prosperará dicha demanda, no obstante que ya extendió el finiquito declarando l I breve y solvente a la empresa. Gracias p o r sus aportes.