Buen día.
Como lo comenta la colega, la Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria, es aplicable a los trabajadores privados y de las instituciones oficiales autónomas.
Para el caso del sector público, regido por la Ley de Servicio Civil, se promovió una reforma a dicha ley incluyendo el beneficio de una prestación económica por la renuncia voluntaria.
Habría que ver si en la Ley de la Carrera Policial, se hizo dicha reforma, pues de lo contrario, lamentablemente, los agentes de la PNC, no tendría derecho a esa prestación (lo que me parecería en todo caso inconstitucional por violar el principio de igualdad).
Saludos.