Buenos días estimado colega.
En cuanto a su consulta, debo decirle que no existe realmente un documento que legalmente pueda obligar a una persona a mantenerse en el lugar de trabajo después de recibir una capacitación pagada por la empresa.
Recuerde que a nadie se le puede obligar a realizar un trabajo que no desea hacer.
No obstante, en la práctica, lo que se hace es suscribir un documento de obligación en el que se indique que la empresa está pagando la capacitación total, suma que se considera a título de mutuo otorgado al trabajador. Como condición para el pago, se establece que la deuda se considerará saldada si el trabajado presta servicios por "x" años después de finalizada la capacitación, y que en caso de renunciar antes de este tiempo se obliga a reintegrar la suma mutuada o la parte proporcional que corresponda.
Este documento debe estar redactado cuando menos en un documento privado autenticado por notario, o en escritura pública.
Espero esto sea de su ayuda.
Saludos.