Buenas noches Latifa.
En efecto, si el trabajador no tiene dos de servicio continuo y efectivo para el mismo empleador, no tiene derecho a recibir la compensación por renuncia voluntaria.
En cuanto a las comisiones, si estas ya fueron devengadas pero no pagadas, el derecho a cobrarlas no se pierde. Recuerde que las comisión son SALARIO, por lo que tiene derecho a reclamarlas, siempre que no hayan pasado mas de 180 días desde la fecha en que se debieron pagar.
Saludos.