Le empresa no esta obligada a indemnizar al trabajador que voluntariamente presente la renucnia, Art. 54 Codigo de Trabajo, lo que te sugiero es que negocies con ellos tu renuncia, hojala ellos accedan a indemnizar, pero no te desilusiones ni te molestes si ellos no acceden a tu peticion, te lo digo por experiencia, haces unos anos renuncie y trate de negociar, pero no obtuve nada, lo importante que lo intente y no me fui con la duda, Bendiciones para ti.