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carlosderas escribió: Claro la repuesta esta mas que interesante, se le agradece y en verdad les digo el caso a mi me ha parecido mas que intrigante, y `pues por ello le quiero encontrar una respuesta, y por lo que veo estamos muy en sintonia con todos compañeros, ya revise cada una de las leyes y son las respuestas que encontrado, ahora bien yo les preguntaria en base a que articulo lo iniciarian de nuevo??? de acuerdo al Art. 83 del procesal de familia??? quisiera escuchar sus comentarios....
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