Por estar sus clientes fuera del país usted puede ratificar lo estipulado en el convenio.
En la solicitud debe aclarar que sus clientes residen de forma permanente fuera del país.
Le recomiendo que busque jurisprudencia para fundamentar su intervención en nombre de sus mandantes.
Aunque estén fuera del país los jueces siempre citan a las partes.
Nota: Debe estar facultada en el poder para ratificar el convenio.
ABOGADO Y NOTARIO Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
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