Mucho ojo mi estimado Colega: Si ella se caso en EE.UU, y se divorcio en EE.UU. Lo primero que debió hacer es inscribir ese hecho (MATRIMONIO), en el Consulado o Embajada de El Salvador, del lugar donde contrajo matrimonio y eso de la inscripción es mandatorio de ley, así lo establece el artículo 189 inciso II del Código de Familia, en tanto reza: ¨...los matrimonios de nacionales celebrados en el extranjero ante funcionarios distintos de los mencionados en el inciso anterior, así como los nacimientos y defunciones de salvadoreños ocurridos en el extranjero, deberán registrarse en el Consulado de El Salvador que corresponda, con base en los documentos legales expedidos por las autoridades competentes del respectivo país...¨ si se fija mi estimado colega el artículo dice: DEBERÁN, es un imperativo de ley, no es facultativo; por lo que si no inscribió ese matrimonio, deberá inscribirlo.
Luego que este debidamente inscrito, el consulado o embajada, envía ese Registro a través del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Alcaldía Municipal de San Salvador, para que se inscriba dicho matrimonio y si la contrayente es de San Salvador, la misma Alcaldía procede a marginar la partida de nacimiento de la contrayente. De no ser así el o la interesado/a, deberá de llevar la certificación de Partida de matrimonio Salvadoreña de la contrayente y expedida por la Alcaldía de San Salvador, al lugar de origen de la misma, para que se proceda a la respectiva marginación de la la Partida de Nacimiento.
Luego si ella se divorcio en los EE:UU, y tiene la Sentencia de Divorcio, para que esta sea homologada en nuestro país deberá de Apostillar toda la documentación respectiva y la que esté en idioma extranjero deberá Traducirla, todo esto para iniciar DILIGENCIAS DE AUTO PAREATIS ante la Corte Suprema de Justicia y de esa manera se ejecute dicha sentencia en nuestro país. Posteriormente, teniendo el aval de la C.S.J., se manda a marginar la Certificación de Partida de nacimiento de la señora al lugar de origen y le nace desde luego una certificación de partida de divorcio.
Después de todo ello, podrá contraer nuevas nupcias, de lo contrario estaría incurriendo en fraude de ley, ya que ese es el procedimiento legalmente establecido para todo ello.
Esperando haber aportado un poco a su duda, me despido.
Atte. Miguel Claros.-