Pues primero que nada lamento que su relacion haya terminado por asi decirlo, porque las relaciones humanas con complicadas y nunca se sabe cuando realmente terminan, pero bien lo que tu quieres saber es si puedes demandar a tu esposa con relacion al cuidado personal, la respuesta es claro que si puedes, puede demandar el divorcio, el cuidado personal, establecer un regimen de visitas para ella, la disolucion del regimen patrimonial, pedir cuota alimenticia para tu hija, etc.
Ahora bien si el asunto esta reciente, es recomendable hacerlo rapido antes que la niña cambie contigo o sea mal influenciada por la madre, debes valorar si tienes pruebas idoneas de que tu serias el mejor para cuidar de tu hija, (dedicacion, tiempo, condicion economica, mejor relacion), si tienes certificacion de expedientes donde se hizo constar que ella desantendía sus obligaciones como madre, eso ayudaría muchisimo para acreditar que tu eres el mas idoneo para cuidar de tu hija, sumado a ello el estudio del equipo multidisciplinario que haga el juzgado de familia competente puede sumar a tu favor.
Te recomiendo que no le adviertas que la vas a demandar en el caso que decidas hacerlo, sino se te va adelantar, con todo se paciente y toma las cosas con calma, debes estar tranquilo para decidir y actuar, otra opcion que tienes es acudir a un juez de paz donde ella tenga su domicilio y plantees una audiencia conciliatoria para dirimir lo concerniente al cuidado personal, fijacion de cuota alimenticia y regimen de visitas, es un tramite bastante rapido, pero todo radica en acuerdos entre ustedes.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.