A mi juicio no es necesario que su cliente promueva declaratoria de unión no matrimonial, sería conveniente si hubiera liquidación de regimen, pero en este caso en particular siento que es innecesario, lo que él tiene que hacer es reconocerlo inmediatamente nazca el bebé, útilizando alguna de las formas indicadas en el Artículo 143 del código de familia, y ella se niega a que él lo reconozca que la cite a la procuraduría y manifieste su deseo de reconocerlo(a), ipso facto que espere un poco de tiempo que sea lactado y despúes que le pida al juez el cuidado, argumentando que teme por la integridad del nasciturus de que la madre es una persona inestable, que puede poner en riesgo la vida del bebé, que ya existe un precedente, de ser posible obtener constancia medica, solicitarle al juez que pida como prueba que se someta a evaluación psicologica o psiquiatrica que se realice a través del Instituto de Medicina Legal para que se demuestre que no es una persona competente para la crianza del hijo, además ofrecer prueba testimonial y logicamente en caso de que sea asalariado, que presente constancia de trabajo, de sueldo, etc, quien se encargaría de proveerle cuidados, mientras él anda trabajando, de preferencia ofrecer un pariente cercano, como su madre, una tia, hermana o alguien de confianza, en fin demostrar que las condiciones en todos los aspectos son mejores para que se desenvuelva la criatura, a parte de eso la estabilidad emocional que se puede ofrecer, yo de ser posible hasta presentaría solvencia de la policia y antecedentes penales, para probar que es una buena persona que nunca ha tenido problemas de ningún tipo mucho menos legales. Y logicamente solicitar que el juez comisione al equipo multidisciplinario al trabajador o trabajadora social para que verifique las conidiciones de vida de cada uno, las compare y concluya cuál de los dos padres, garantiza de mejor forma el bienestar del bebé. Espero que este humilde consejo sea de utilidad.