JUAN MANUEL ROMERO escribió: Buenas Noches
Tengo una duda; un notario puede casar a un sobrino, o entra dentro de las incompetencias por parentesco gracias
Comparto la opiniòn antes expresada...
Solo querìa mencionar que esa fue una pregunta de mi examen previo a que me autorizaran como Notario, y conteste de la anterior forma; "que efectivamente violenta el artìculo 9 de la Ley de Notariado"; pero le agregue lo siguiente: "que si los contrayentes optan por el regimen de separaciòn de bienes, evidentemente no puede existir beneficio patrimonial para el Notario; si a eso le sumamos que el acto en sì es el regalo de bodas del Notario; el cual nisiquiera percibirà pago de honorarios, si celebrarìa el matrimonio como Notario..."
Y que creen que si fue una respuesta vàlida para la Comisiòn que me examino :laugh:
Pero como dicen por ahì las cosas en la secciòn de notariado, han cambiado tanto; que mejor serà buscar otro Notario, para que celebre el matrimonio de su sobrino.
Suerte...