En parte es cierto, debido a que cuando se hce una casa o 8na lotificacion, es obligacion del duenó o del Lotificador, dar en comodato a la Alcaldia las zonas verdes, cuyo destino es para uso publico, en esa base Los Alcaldes pueden hacer uso alegando un interes publico, que a mi juicio el destino natural de esas zonasverdes debe ser Ornato y peatonal.
La unica forma de evitar que la Alcaldia tome el control de esas zonas verdes es cnvertir la lotificacion en regimen de condominio.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".