Habría que verificar primeramente en que la parte demandada esta basando su incidente de improponibilidad de tu demanda, que en realidad es un error decir improponibilidad de la demanda, pues debería decirse improponibilidad de la pretencion que has introducido por medio de la demanda, no se si ya fue colega al tribunal a verificar dicho sustento, ya verificado, usted tendría en audiencia que alegar la inadmisibilidad de dicho incidente por ser: inepta, por existir litis consorcio, necesario en sus dos fases activo o pasivo, en fin usted tendría que atacar con fundamento el incidente para que el juez resuelva y el proceso continué a la siguiente etapa procesal.....le recomiendo estudie las causas que generan la ineptitud, improponibilidad, inadmisibilidad de la demanda como comúnmente escuchamos decir, aunque vuelvo e insisto, a muchos colegas se nos esta olvidando y por ello estamos confundiendo los términos: acción, demanda, y pretencion. bendiciones.