Buenos días, "C", debe aceptar la herencia de su madre B, para luego ya con la certificación de heredera definitiva pedir lo que su madre aceptó de A, si bien es cierto que C, no tiene vocación sucesoria en la herencia de A, al aceptar B vía notarial, y morir posteriormente paso a ser dueña de los bienes de A.
Saludos.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.