No creo que exista problema alguno en realizar en una sola diligencia,de remediciòn de inmuebles.
Lo que sucede es que para efectos prácticos da igual que se haga en una sola diligencias; como que se hagan dos diligencias separadas.
Entonces pienso :dry: ; y si en la Sección de Notario, le preguntan que porque NO separe las diligencias; porque una sola diligencias implica una sola resolución final; pero al tratarse de dos inmuebles serían extender dos testimonios para efectos de inscripción. Si los inmuebles están contiguos porque no practico reunión de inmuebles además???
Ahora si los inmuebles corresponden a la misma jurisdicción, y solo será necesario un testimonio????
En conclusión creo que para evitar problemas en el Registro o en CNR, lo mejor serán dos diligencias separadas; asì cada una cumple con sus correspondientes plazos, y principalmente porque puede cobrar honorarios por dos diligencias y no solo por una
Ya en serio... Solo si tiene mucho cuidado con la redacción, con los plazos, con las actas, con las citas de colindantes, con la mensura, con el perito y su peritaje; hágalo en una sola diligencia; caso contrario, es decir que podría usted, misma confundirse mejor hágalo en diligencias separadas.
Suerte...